Por Meryland Cuevas
La Alta Comisionada de la ONU para Derechos Humanos llamó el jueves a los gobiernos a abolir la discriminación legal contra los homosexuales, incluyendo la pena de muerte por relaciones sexuales consensuales, días después de que el gobierno estadounidense dijese que empleará ayuda exterior y diplomacia para promover igualdad de derechos para el sector.
La comisionada Navi Pillay dijo que los países deben además abolir toda forma de abuso basada en orientación sexual y establecer la misma edad de consentimiento para la actividad heterosexual y homosexual. (Noticia publicada en el Vocero de Puerto Rico 12/15/2011 Vocero.com )
Como muchos saben, la Organización de las Naciones Unidas es la mayor organización internacional que existe, y es compuesta por prácticamente todos los países soberanos reconocidos mundialmente. Es un organismo poderoso y trabaja atendiendo asuntos de importancia como los derechos humanos, la paz, el desarrollo económico y social, derecho internacional y asuntos humanitarios.
Cuando un organismo con este poder se expresa a favor de garantizar la seguridad, el respeto y el derecho a las personas sometidas a discrimen y muerte simplemente por su orientación sexual y exige a los países que deben garantizar la seguridad de sus ciudadanos LGBT, el mundo tiene que escuchar.
Estamos en el siglo 21 y es incomprensible como después de tanto adelanto tecnológico, social y humanitario, aun vemos como países torturan, persiguen y asesinan a las personas por orientación sexual e identidad de género. Mientras, al contraste, vemos cada vez más países que sobresalen en sus políticas humanitarias y anti-discriminatorias, e incluso han promovido la igualdad de derechos más allá de unos pocos, sino a todos y cada uno de sus ciudadanos por igual.
Los derechos humanos no están sujetos a ideas, religiones, status social, sexo, identidad de género, impedimento físico o capacidad económica. Los derechos humanos son universales e inherentes de cada ser humano. Si los políticos y ciudadanos se dejaran llevar más que por sus ideas personales y creencias individuales y miraran más allá de solo sus intereses, deberíamos aplicar el sentido común de justicia social y el respeto a que todo el mundo tiene derecho a escoger como vivir su propia vida sin afectar al resto.
Cuando comenzamos a realmente comprender, que mis derechos y los del resto son los mismos, que la felicidad de cada cual es bien individual y que en los corazones y sentimientos de los individuos no manda nadie más que el mismo. Cuando nos pongamos en los zapatos de los marginados, de los ofendidos, de los oprimidos, de los perseguidos, discriminados, maltratados, hostigados y asesinados, entonces quizás entonces podríamos comenzar a ver algún cambio social.
No importa cuántas leyes se hagan, no importan cuantas cartas de derechos humanos existan, ni cuantos mandatos mundiales, presidenciales o universales se proclamen, el cambio debe comenzar dentro de la conciencia individual y colectiva de esta sociedad y el mundo, mientras tanto, esto será solo letra muerta, los derechos humanos serán cosa de algunos y seguiremos midiendo con varas diferentes a la humanidad.
Algunos Artículos importantes de recordar de la Carta Universal de Derechos Humanos creada por la ONU
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
ACERCA DE LA AUTORA:
Meryland Cuevas es bloguera, madre, poeta, narradora, aficionada de las redes sociales y comprometida con el activismo por la justicia social y la igualdad de los seres humanos. Amante del arte en todas sus expresiones, le encanta viajar, la fotografía y la gastronomía. Sígueme en FACEBOOK y en TWITTER |
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